De acuerdo con el Decreto 655 expedido el 13 de mayo de 2020, las personas jurídicas catalogadas como Micro, pequeña y mediana empresa deberán pagar la segunda cuota del impuesto sobre la renta y complementarios entre el nueve de noviembre y el siete de diciembre de 2020 atendiendo a los 2 últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación, conforme con la tabla que se establece a continuación:
Cabe aclarar que este decreto sólo habla del pago de la segunda cuota de renta, por lo tanto, la declaración continúa con fecha de presentación en el mes de junio de 2020.
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